martes, 30 de noviembre de 2010

PENSIONES

  • Son prestaciones económicas y de duración indefinida, aunque no siempre, cuya concesión está generalmente supeditada a una previa relación jurídica con la Seguridad Social (acreditar un período mínimo de cotización en determinados casos, ...), siempre que se cumplan los demás requisitos exigidos.
  • Su cuantía se determina en función de las aportaciones efectuadas por el trabajador y el empresario, si se trata de trabajadores por cuenta ajena, durante el período considerado a efectos de la base reguladora de la pensión de que se trate.
  • Dentro de la acción protectora del Régimen General y de los Regímenes Especiales de la Seguridad Social, con las salvedades que, en cada caso y para cada modalidad, se indican en el respectivo régimen especial, se incluyen las pensiones siguientes:
    • Por jubilación: jubilación ordinaria, jubilación anticipada por tener la condición de mutualista, jubilación anticipada sin tener la condición de mutualista, jubilación anticipada por reducción de la edad mínima debido a la realización de actividades penosas, tóxicas e insalubres, jubilación anticipada de trabajadores discapacitados, jubilación parcial, jubilación flexible y jubilación especial a los 64 años.
    • Por incapacidad permanente: total, absoluta y gran invalidez.
    • Por fallecimiento: viudedad, orfandad y en favor de familiares.
  • Dentro de la acción protectora del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI), se incluyen las pensiones de:
    • Vejez.
    • Invalidez.
    • Viudedad

       Reservas de la Seguridad Social en algunos países de la OCDE, 2001-2003 (% PIB) >
      Habla sobre el nuevo sistema de pensiones, que retrasa la edad de jubilación hasta los 65 años.
      "La intención del Gobierno", ha asegurado Gómez, "es  en primer lugar  agotar el periodo de discusión en el Parlamento dentro del Pacto de Toledo. Esa discusión queremos que se termine  durante los útimos días de diciembre antes de Navidad en cualquier caso"

      Después el Gobierno comenzará el debate con empresarios y sindicatos para  poder llevar el Proyecto de Ley el 28 de enero como se ha comprometido el Ejecutivo.

      http://www.revistasice.com/cmsrevistasICE/pdfs/ICE_815_155-173__10F8CFBA199437D55499D3BE5E782C96.pdf
       Habla sobre el futuro de España tras la reforma de pensiones, tras la perspectiva de J.Ignacio Conde Ruiz y Javier Alonso Meseguer.


      Dice que el sistema de pensiones Español es uno de los mas inseguros de toda Europa. El último informe de Bruselas pone en duda su salud a medio plazo. Exige reformas "urgentes" acompañadas de menos gasto público.
       
    • No se trata de que el sistema público de pensiones español no sea viable o sostenible. Se trata de que, en un futuro no demasiado lejano, no podrá seguir manteniendo el mismo nivel de prestaciones actuales. Tenderá a ser menos generoso y, por tanto, los particulares deben ir ya recurriendo a sistemas alternativos de ahorro para asegurarse un nivel de rentas suficiente en la vejez.
      Alguna solución para el sistema de pensiones según mi opinión sería;
      • Dar a elegir a cada ciudadano que cotiza la cuantía que quiere que se le descuente del sueldo, y según esa cuantía retribuir le en un futuro con su pensión. Pero asegurando una pensión mínima a cada trabajador.
      • Tener en cuenta la vida laboral de cada individuo, y la condición de cada persona, enfermedades tanto físicas como psíquicas(depresiones etc...) 
El gobierno a propuesto aumentar la edad de jubilación a 67 años, pero no es la solución ya que estamos envejeciendo el mercado de trabajo.

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